Es la instancia directiva del gobierno escolar que orienta el desarrollo académico de la institución. Es convocado y presidido por el rector de la Institución y según el art. 24 del Dec. 1860 de 1994.

 

Algunas de las funciones más importantes son: Contempladas en el Decreto 1860 de 1994, en sus artículos 23 y 24 son: Revisar los planes de estudio, servir de órgano consultor del consejo directivo en el PEI, estudiar planes de estudio y orientar su ejecución, integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el procesos general de evaluación. Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa, entre otros.

 

Está conformado por:

  • El rector, quien lo preside.
  • Los coordinadores.
  • Un docente representante de cada área, quienes serán los jefes de las mismas.
  • Un docente representante del grado preescolar.
  • La docente de apoyo (invitada)